Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO XIV
Art. 130
130 / 147En vigor desde 20 ene 2022
La cuantía de la ayuda será de hasta el 5 % de la renta arrendaticia anual.
Si se reconociera ayuda para el alquiler a la arrendataria en cualquiera de los programas de este Plan la cuantía de la ayuda sería de hasta el 5 % de la renta arrendaticia anual menos la ayuda al alquiler anual reconocida a la arrendataria.
La ayuda no podrá ser superior al coste del correspondiente seguro de protección de la renta arrendaticia.
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Proeli/es/rd/2022/01/18/42#art-130