Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO XIV
Art. 128
128 / 147En vigor desde 20 ene 2022
La arrendataria habrá de cumplir los requisitos establecidos para el programa de ayuda al alquiler de vivienda regulados en los apartados 1 y 2 del artículo 27.
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Proeli/es/rd/2022/01/18/42#art-128