Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO XII
Art. 110
110 / 147En vigor desde 20 ene 2022
Este programa tiene por objeto el fomento de la mejora de la accesibilidad, tanto en el medio urbano como rural, en y a:
1. Viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila.
2. Edificios de viviendas de tipología residencial colectiva, interviniendo tanto en sus elementos comunes como en el interior de cada vivienda.
3. Viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva.
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Proeli/es/rd/2022/01/18/42#art-110