Art. Disposición adicional única
6 / 8En vigor desde 27 mar 1996
El Consejo Asesor para la Promoción del Comercio con Africa Occidental (CAPCAO) se constituirá en los dos meses siguientes a la entrada en vigor del presente Real Decreto, debiendo las Administraciones y entidades representadas en el mismo proponer a sus representantes en el plazo de veinte días, a contar desde la fecha de entrada en vigor.
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Proeli/es/rd/1996/03/01/417#disposicion-adicional-unica