Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 35En vigor desde 26 oct 2017
De conformidad con la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical, este real decreto tiene por objeto regular el depósito de los estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, entre cuyos fines estén incluidos los propiamente laborales que las identifican, así como de los demás actos incluidos en su ámbito de aplicación, gestionado por medios electrónicos.
Queda excluido del ámbito de aplicación del presente real decreto el depósito de los estatutos de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos, que se regirá por su legislación específica.
Se modifica el primer párrafo por la disposición final 7.1 de la Ley 6/2017, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-2017-12207#df-7
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2015/05/29/416#art-1