Capítulo CAPÍTULO III
Art. 7
7 / 25En vigor desde 23 abr 2006
El Ejército de Tierra, de acuerdo con su nueva estructura orgánica, tendrá el despliegue detallado de su Fuerza que figura en el anexo I.
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Proeli/es/rd/2006/04/11/416#art-7