Art. 24
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 24

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En vigor desde 8 jun 2014
Para los estudiantes que hayan superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años de edad, se reservará un número de plazas no inferior al 2 por 100.
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eli/es/rd/2014/06/06/412#art-24