Art. 17

Art. 17

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En vigor desde 30 jun 2019
El régimen de infracciones y sanciones por los incumplimientos que, en su caso, se produzcan se ajustará a lo dispuesto por el título IV de dicha ley, y por el título IV del Reglamento de la misma.
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eli/es/rd/2019/06/28/411#art-17