Art. Disposición adicional séptima

Art. Disposición adicional séptima

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En vigor desde 25 abr 2024
En los artículos 47.2, 48.2 y 3, 49.1, 63.1.b) y x), 64.2.a) y l), 65.2.a) y m), 66.1 y 2.f) del Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, las referencias realizadas a la extinta Secretaría General del Tesoro y Política Financiera se entenderán realizadas a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
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