Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

9 / 11
En vigor desde 13 ene 2022
El Comité Organizador podrá aprobar las normas de régimen interno que estime procedentes para el mejor desarrollo de sus trabajos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2022/01/12/41#disposicion-final-primera