Art. 3
3 / 11En vigor desde 30 abr 2023
1. El Pleno del Comité Organizador estará integrado por la Presidencia y los vocales.
2. Serán vocales del Pleno:
a) La persona titular de la Dirección del Gabinete de la Presidencia del Gobierno;
b) La persona titular de la Secretaría de Estado para la Unión Europea;
c) La persona titular de la Secretaría de Estado de Comunicación;
d) La persona titular de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos;
e) La persona titular de la Secretaría de Estado de Seguridad;
f) La persona titular de la Representación Permanente de España ante la Unión Europea;
g) La persona titular de la Representación Permanente Adjunta de España ante la Unión Europea;
h) La persona titular de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno;
i) La persona titular de la Secretaría General de Asuntos Económicos y G-20.
j) La persona titular de la Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia de País.
k) Las personas titulares de las Subsecretarías de todos los Departamentos ministeriales;
l) La persona titular de la Secretaría General para la Unión Europea; y
m) La persona titular de la Oficina de Coordinación para la Presidencia Española de la Unión Europea, que actuará como Secretaría del Pleno.
Se modifican las letras i) y j) del apartado 2 y se reordenan las anteriores i) a k) como K) a m) por el art. único del Real Decreto 331/2023, de 28 de abril. Ref. BOE-A-2023-10340
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2022/01/12/41#art-3