Art. Disposición transitoria cuarta

Art. Disposición transitoria cuarta

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En vigor desde 27 feb 2020
La Subsecretaría de Ciencia e Innovación continuará prestando los servicios comunes al Ministerio de Universidades en tanto no se apruebe el real decreto de desarrollo de estructura orgánica básica de este último, se distribuyan efectivos y se definan, en su caso, los términos en los que se prestarán los servicios comunes de ambos ministerios.
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