Art. Disposición final tercera

Art. Disposición final tercera

31 / 33
En vigor desde 27 feb 2020
Se autoriza a la persona titular del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para que, previo cumplimiento de los trámites legales oportunos, adopte las medidas que sean necesarias para el desarrollo y ejecución de este real decreto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2020/02/25/403#disposicion-final-tercera