Libro NORMATIVA›Capítulo CAPÍTULO 5
Art. 23
35 / 99En vigor desde 9 jun 2013
1. Se asigna para atender a las demandas urbanas de munitibar y Aulesti recursos superficiales del río Lea, estimados en 0,04 y 0,06 hm³/año respectivamente.
2. Se asigna para atender a las demandas urbanas de Lekeitio 0,8 hm³/año de recursos superficiales del río Arbina.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2013/06/07/400#art-23