Art. 23
Libro NORMATIVACapítulo CAPÍTULO 5

Art. 23

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En vigor desde 9 jun 2013
1. Se asigna para atender a las demandas urbanas de munitibar y Aulesti recursos superficiales del río Lea, estimados en 0,04 y 0,06 hm³/año respectivamente. 2. Se asigna para atender a las demandas urbanas de Lekeitio 0,8 hm³/año de recursos superficiales del río Arbina.
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eli/es/rd/2013/06/07/400#art-23