Art. Disposición final segunda

Art. Disposición final segunda

10 / 11
En vigor desde 28 ene 2017
Por el Ministerio de Hacienda y Función Pública se habilitarán los créditos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en este real decreto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2017/01/27/40#disposicion-final-segunda