Art. Disposición final primera
9 / 11En vigor desde 28 ene 2017
Se autoriza a la Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales a adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución del presente real decreto.
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Proeli/es/rd/2017/01/27/40#disposicion-final-primera