Art. 2

Art. 2

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En vigor desde 15 jul 2018
El Comisionado del Gobierno será nombrado por el Consejo de Ministros, mediante real decreto, a propuesta de la Ministra de Política Territorial y Función Pública. El Comisionado tendrá rango de Subsecretario. Su nombramiento se efectuará entre personas con cualificación y experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad en la gestión pública o privada, y que reúnan los requisitos de idoneidad previstos en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado. Se modifica el párrafo primero por la disposición final 1.1 del Real Decreto 863/2018, de 13 de julio. Ref. BOE-A-2018-9858#df

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eli/es/rd/2017/01/27/40#art-2