Art. 51
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO I

Art. 51

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En vigor desde 13 feb 1996
Los Habilitados de Clases Pasivas están sujetos a responsabilidad disciplinaria por el incumplimiento de sus deberes deontológicos y colegiales.
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eli/es/rd/1996/01/19/40#art-51