Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 51
58 / 83En vigor desde 13 feb 1996
Los Habilitados de Clases Pasivas están sujetos a responsabilidad disciplinaria por el incumplimiento de sus deberes deontológicos y colegiales.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1996/01/19/40#art-51