Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª De la Junta General
Art. 24
30 / 90En vigor desde 18 ene 2018
Corresponde a la Junta General:
a) La aprobación del acta de la sesión anterior.
b) El conocimiento y sanción de la Memoria Anual que la Junta de Gobierno le someterá, resumiendo su actuación y la de los demás Órganos, Instituciones, Demarcaciones y Comisiones del Colegio, así como los acontecimientos profesionales de mayor relieve. La Memoria Anual se formulará en los términos previstos en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, y se publicará a través de la web en el primer semestre de cada año.
c) La aprobación del presupuesto general, cuentas anuales y enajenaciones o adquisiciones patrimoniales de bienes inmuebles.
d) La aprobación de las cuotas ordinarias y el establecimiento de las extraordinarias.
e) La aprobación de la oferta de servicios colegiales y su correspondiente sistema de financiación.
f) Las deliberaciones y decisión de cuantos asuntos se le sometan a propuesta de la Junta de Gobierno o de un grupo de colegiados de acuerdo con lo especificado en estos Estatutos y en el Reglamento general de régimen interior.
g) La aprobación del Reglamento general de régimen interior y de sus modificaciones.
h) La aprobación de los proyectos de reforma de los presentes Estatutos.
i) La aprobación de la constitución y disolución de las Demarcaciones territoriales.
j) La disolución del Colegio y, en tal caso, el destino que deberá darse a sus bienes.
k) La designación de Colegiado de honor o de cualquier otro tipo de distinción honorífica.
l) Aprobar las normas deontológicas profesionales y el régimen disciplinario, a propuesta del Consejo de Decanos.
m) Aprobar el Reglamento del Registro de Sociedades Profesionales.
n) Todas las demás atribuciones que le otorguen los presentes Estatutos.
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Proeli/es/rd/2018/01/12/4#art-24