Art. 2

Art. 2

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En vigor desde 14 ene 2007
1. Por muestra reducida se entiende una muestra de un tamaño apropiado para los análisis, procedente de muestras globales para laboratorio tomadas a su vez de una partida de artículos para analizar. 2. Por muestra de análisis se entiende la porción de la muestra reducida necesaria para obtener un resultado analítico individual.
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eli/es/rd/2007/01/12/4#art-2