Art. 1
1 / 16En vigor desde 28 ene 1983
La Comisión Mixta de Transferencias, constituida de acuerdo con la disposición transitoria sexta del Estatuto de Autonomía de Aragón, ajustará su actuación a las presentes normas, que formula ella misma dentro de los preceptos de la referida disposición transitoria y restantes normas del citado Estatuto.
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Proeli/es/rd/1982/12/29/3991#art-1