Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª Comisiones y Secciones
Art. 24
29 / 41En vigor desde 11 jul 2013
Las actividades específicas de la Academia, tanto en el orden científico-técnico como de formación, pueden dar lugar a tareas encomendadas a las Secciones cuyo funcionamiento se establecerá en el Reglamento de Régimen Interior.
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Proeli/es/rd/2013/06/07/397#art-24