Art. Preambulo

Art. Preambulo

En vigor desde 5 abr 2007
El Parlamento Europeo y el Consejo aprobaron el 7 de septiembre de 2005 la Directiva 2005/35/CE, relativa a la contaminación procedente de buques y a la introducción de sanciones para hacer frente a las infracciones, cuya finalidad principal radica en la implantación de un abanico de infracciones y sanciones penales y administrativas, así como de un sistema de medidas coercitivas de policía administrativa que resulten eficaces, disuasorias y proporcionadas. Ello se fundamenta en la constatación del hecho de que, tanto el régimen internacional que regula la responsabilidad civil y las indemnizaciones por daños debidos a contaminación por hidrocarburos como el que regula la contaminación por otro tipo de sustancias perjudiciales, no son suficientemente disuasorias para inducir a los agentes involucrados en el transporte marítimo de estas sustancias a poner fin a prácticas contrarias a los convenios internacionales sobre la materia. La mayor parte de los mandatos de la Directiva 2005/35/CE están ya expresamente recogidos en nuestro ordenamiento jurídico. Básicamente, en lo que se refiere a la legislación interna, en el Código Penal aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de puertos del Estado y de la marina mercante, en el Real Decreto 91/2003, de 24 de enero, que aprueba el Reglamento por el que se regulan las inspecciones de buques extranjeros en puertos españoles, y en el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora; y, por lo que se refiere a las normas internacionales, en el Convenio Internacional para prevenir la contaminación de los buques o Marpol 73/78, aprobado por la Conferencia Internacional sobre contaminación del mar celebrada del 8 de febrero al 2 de noviembre de 1973. Este real decreto incorpora a nuestro ordenamiento jurídico los preceptos de la Directiva 2005/35/CE referidos específicamente al régimen jurídico administrativo de la navegación marítima que todavía no han sido transpuestos. En su virtud, a propuesta de la Ministra de Fomento, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de marzo de 2007, D I S P O N G O :
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