Art. Preambulo

Art. Preambulo

En vigor desde 22 mar 2011
El Real Decreto 1313/2010, de 20 de octubre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, dictado de acuerdo con la habilitación concedida al Presidente del Gobierno en el artículo 2.2.j) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, ha modificado la estructura ministerial con el fin de desarrollar el programa político del Gobierno y conseguir la máxima eficacia en su acción y la mayor racionalidad en el funcionamiento de la Administración General del Estado. Por su parte, mediante el Real Decreto 1366/2010, de 29 de octubre, se continúa la reestructuración iniciada, estableciendo la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, hasta el nivel de Dirección General, al amparo de lo previsto en el artículo 10.1 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. En el marco establecido por los dos reales decretos citados, resulta necesario desarrollar la estructura de los órganos superiores y directivos del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, hasta el nivel de Subdirección General o equivalente, con el fin de conseguir los objetivos de racionalidad y mejora de la eficacia en los ámbitos competenciales y de gestión del departamento, lo que se realiza mediante el presente real decreto. En su virtud, a propuesta del Ministro de Política Territorial y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de marzo de 2011, DISPONGO:
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