Art. 8

Art. 8

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En vigor desde 8 jul 2000
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria única.1.c) del Real Decreto 1330/2000, de 7 de julio. Ref. BOE-A-2000-12970 . Redactado el apartado 3 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 84, de 8 de abril de 1998. Ref. BOE-A-1998-8289 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1998/03/13/390#art-8