Art. Disposición transitoria primera

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 17 feb 2009
Los cargos de Vicedirector, de Vicesecretario, de Vicetesorero y de los dos Vocales serán designados por vez primera y a propuesta del Director cuando entren en vigor los presentes Estatutos, teniendo presente que el mandato de los así elegidos se extinguirá al mismo tiempo que el de los demás cargos académicos cuando proceda la renovación de la Junta de Gobierno.
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