Art. Disposición derogatoria única
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1. Quedan derogados los Estatutos de la Real Academia de la Historia, aprobados por Real Decreto de 28 de mayo de 1856, publicado en la Gaceta de Madrid el lunes dos de junio de 1856, número 1246, así como las demás disposiciones de igual o inferior rango aplicables a ella, con la excepción que se señala en el siguiente apartado.
2. Expresamente se declaran vigentes las Reglas aprobadas por la Academia en 20 de noviembre de 1925, así como en 16 de noviembre de 2001, ambas sobre designación de académicos correspondientes, que continuarán vigentes hasta la aprobación del Reglamento que regule esta materia.
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Proeli/es/rd/2009/01/23/39#disposicion-derogatoria-unica