Art. Disposición final segunda

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 1 dic 2015
En lo no previsto en este real decreto serán de aplicación las disposiciones generales sobre procedimientos administrativos contenidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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