Art. 30
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Cambios de titularidad, cargas, gravámenes y vicisitudes técnicas

Art. 30

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En vigor desde 1 dic 2015
Las vicisitudes técnicas que impliquen cambio en el modelo de la aeronave y le sean comunicadas al Registro de Matricula de Aeronaves Civiles por la Unidad correspondiente de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, se harán constar mediante anotación en él.
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