Capítulo CAPÍTULO II
Art. 3
3 / 55En vigor desde 18 mar 1984
La acción protectora del sistema especial de prestaciones sociales y económicas, comprenderá:
a) Asistencia sanitaria y prestación farmacéutica.
b) Rehabilitación médico-funcional.
c) Recuperación profesional.
d) Medidas de integración social.
e) Subsidio de garantía de ingresos mínimos.
f) Subsidio por ayuda de tercera persona.
g) Subsidio de movilidad y compensación por gastos de transportes.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1984/02/01/383#art-3