Art. 3
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 3

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En vigor desde 18 mar 1984
La acción protectora del sistema especial de prestaciones sociales y económicas, comprenderá: a) Asistencia sanitaria y prestación farmacéutica. b) Rehabilitación médico-funcional. c) Recuperación profesional. d) Medidas de integración social. e) Subsidio de garantía de ingresos mínimos. f) Subsidio por ayuda de tercera persona. g) Subsidio de movilidad y compensación por gastos de transportes.
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eli/es/rd/1984/02/01/383#art-3