Art. 78
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Instrucción

Art. 78

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En vigor desde 18 abr 2024
1. La propuesta de resolución se notificará a las personas interesadas, indicándoles la puesta de manifiesto del procedimiento. A la notificación se acompañará una relación de los documentos obrantes en el procedimiento a fin de que las personas interesadas puedan obtener copias que estimen convenientes, concediéndoseles un plazo de quince días para formular alegaciones. 2. La propuesta de resolución se cursará inmediatamente al Comité Ejecutivo para resolver el procedimiento, junto con todos los documentos, alegaciones e informaciones que obren en el mismo.
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eli/es/rd/2024/04/16/381#art-78