Art. Preambulo

Art. Preambulo

En vigor desde 27 abr 1988
Las nuevas condiciones de concurrencia que se derivan del proceso de apertura económica y comercial iniciado recientemente por la economía española aconsejan la eliminación de determinadas trabas administrativas que dificultan la actuación de los agentes que integran nuestro sector exterior, posibilitando de este modo y en un marco normativo más libre y flexible el fomento de la actividad de aquellos organismos y Entidades dedicados a las tareas de comercio exterior. Destacan por su dinamismo, en este sentido, las Empresas y Sociedades de comercio exterior, por lo que parece conveniente que desde la Administración se articulen los procedimientos necesarios que les permita adaptar su marco de actuación al nuevo contexto comercial, otorgándoles un esquema jurídico que en materia aduanera y de control de cambios contribuya a expandir su actividad. Entre estos procedimientos, se considera prioritaria la creación de un Registro de Empresas de Comercio Exterior, al objeto de que todas aquellas que accedan a la inscripción en el mismo puedan beneficiarse de los mecanismos de apoyo diseñado en el Plan de Fomento a la Exportación y recogidos en el presente Real Decreto. En su virtud, a propuesta del Ministro de Economía y Hacienda, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros de 22 de abril de 1988, DISPONGO:
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