Art. 7
7 / 8En vigor desde 5 jun 2011
1. (Derogado)
2. El funcionamiento de la Comisión Reguladora se ajustará a lo previsto para los Órganos colegiados por la Ley de Procedimiento Administrativo.
Se deroga el apartado 1 por la disposición derogatoria única y anexo del Real Decreto 776/2011, de 3 de junio. Ref. BOE-A-2011-9736 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1988/04/22/380#art-7