Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 23 ene 2026
En el plazo de dos años a contar desde la entrada en vigor de esta norma, el Instituto Nacional de las Cualificaciones actualizará los estándares de competencias profesionales con la finalidad de proponer la inclusión, en su caso, en el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales, de competencias relacionadas con operaciones de coordinación y organización de medios aéreos de extinción de incendios forestales.
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