Título Instrucción técnica complementaria MIE-APQ 7 «Almacenamiento de líquidos tóxicos»›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 5.ª Control de efluentes
Art. 27
220 / 270En vigor desde 10 ago 2001
La concentración de contaminantes dentro del recinto del almacenamiento deberá cumplir lo establecido en la legislación vigente para los lugares de trabajo.
Los niveles de emisión de contaminantes a la atmósfera cumplirán lo preceptuado en la legislación aplicable en materia de protección del ambiente atmosférico y sobre la prevención y corrección de la contaminación atmosférica de origen industrial.
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Proeli/es/rd/2001/04/06/379#art-27-3