Art. 2
Título Instrucción técnica complementaria MIE-APQ-4 «Almacenamiento de amoníaco anhidro»Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

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En vigor desde 18 jun 2010
Esta instrucción técnica complementaria es de aplicación a los almacenamientos de amoníaco anhidro, con excepción de los siguientes: 1. Los almacenamientos integrados dentro de las unidades de proceso, cuya capacidad estará limitada a la necesaria para la continuidad del proceso, durante un período de 48 horas. 2. Las cisternas de transporte y, en general, los almacenamientos en envases móviles. 3. Las grandes tuberías para transporte (amonoductos). Se modifica el párrafo 1 por el .1 del Real Decreto 105/2010, de 5 de febrero. Ref. BOE-A-2010-4510#asexto .

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Pro

eli/es/rd/2001/04/06/379#art-2-4