Título Instrucción técnica complementaria MIE APQ-3 «Almacenamiento de cloro»›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
105 / 270En vigor desde 18 jun 2010
1. Esta instrucción técnica complementaria se aplicará a:
a) Las instalaciones de almacenamiento de cloro líquido.
b) Las instalaciones de carga y descarga de cloro líquido, incluidas las estaciones de carga y descarga de contenedores-cisterna, vehículos-cisterna o vagonescisterna de cloro líquido, aunque la carga o descarga sea hacia o desde instalaciones de proceso.
c) Los almacenamientos de recipientes móviles, incluso los ubicados en las instalaciones de envasado o consumo de cloro.
2. No será de aplicación a:
a) Los almacenamientos integrados dentro de las unidades de proceso, cuya capacidad estará limitada a la necesaria para la continuidad del proceso, durante un período de 48 horas.
b) Los almacenamientos de cloro líquido a baja presión.
Se modifica la letra a) del apartado 2 por el .1 del Real Decreto 105/2010, de 5 de febrero. Ref. BOE-A-2010-4510#aquinto .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2001/04/06/379#art-2-3