Capítulo CAPÍTULO II
Art. 6
6 / 30En vigor desde 16 abr 2003
Si la solicitud de autorización no reúne los requisitos que señala el artículo anterior, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días, subsane la falta o aporte la información preceptiva, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición y se archivará, previa resolución que declare su desistimiento.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2003/03/28/378#art-6