Capítulo CAPÍTULO PRELIMINAR
Art. 1
1 / 30En vigor desde 16 abr 2003
Este real decreto tiene por objeto autorizar las categorías de acuerdos, decisiones, recomendaciones y prácticas concertadas o conscientemente paralelas a las que se refiere el artículo 5 de Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, ordenar el procedimiento para la concesión de autorizaciones singulares previsto en el artículo 4 de la citada ley y regular el Registro de defensa de la competencia.
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Proeli/es/rd/2003/03/28/378#art-1