Libro REGLAMENTO GENERAL DEL MUTUALISMO ADMINISTRATIVO›Capítulo CAPITULO IV›Secc. Sección 2.ª Concepto de las contingencias
Art. 63
66 / 183En vigor desde 12 abr 2003
Será el que resulte de las condiciones exigidas para el reconocimiento del derecho a las prestaciones otorgadas en consideración a cada una de ellas.
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Proeli/es/rd/2003/03/28/375#art-63