Art. 13

Art. 13

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En vigor desde 8 may 2026
1. La Secretaría del Foro será desempeñada por la persona titular de la Subdirección General de Gobierno Abierto, que actuará con voz y sin voto y ejercerá las funciones previstas en los artículos 16.2 y 19.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. 2. La persona titular de la Secretaría será sustituida, en los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, por una persona funcionaria de carrera del subgrupo A1 adscrita a la misma unidad.
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eli/es/rd/2026/05/06/371#art-13