Art. 24
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 24

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En vigor desde 19 mar 2020
La adjudicación se realizará a la oferta más ventajosa en su conjunto, valorando especialmente los aspectos técnicos de la misma y la previsión que se realice de los riesgos de contaminación que la extracción puede suponer y las medidas que se propongan para la salvaguardia del medio marino.
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eli/es/rd/2020/02/18/371#art-24