Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 1 jul 2026
El presente real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.14.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia de Hacienda general, así como en virtud de la competencia estatal para la organización del deporte federado estatal en su conjunto.
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