Art. Disposición derogatoria única
10 / 13En vigor desde 16 mar 1997
A la entrada en vigor del presente Real Decreto, queda derogado el Real Decreto 158/1992, de 21 de febrero, relativo a la organización periférica de la Dirección General de la Guardia Civil y de modificación parcial del Real Decreto 107/1991, de 1 de febrero, en la parte que no lo hubiera sido por el Real Decreto 1334/1994, de 20 de junio.
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Proeli/es/rd/1997/03/14/367#disposicion-derogatoria-unica