Art. Disposición adicional quinta
18 / 20En vigor desde 5 abr 2007
Las cuestiones que puedan plantearse sobre la designación de consejeros, por razones de representatividad, se resolverán por el Ministerio de Educación y Ciencia, hasta la fecha de constitución del Consejo, y por el presidente del mismo con posterioridad a su constitución.
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Proeli/es/rd/2007/03/16/365#disposicion-adicional-quinta