Art. Disposición adicional sexta
Título TITULO VCapítulo CAPITULO III

Art. Disposición adicional sexta

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En vigor desde 11 abr 1995
La Selección del personal no funcionario con destino en el extranjero se regirá por sus normas específicas, dictadas en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 1.2 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.
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