Art. 17
Título TITULO ICapítulo CAPITULO IV

Art. 17

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En vigor desde 11 abr 1995
Con anterioridad al inicio de los ejercicios o pruebas de los procesos de selección, la Secretaría de Estado para la Administración Pública determinará, mediante un único sorteo público celebrado previo anuncio en el «Boletín Oficial del Estado», el orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas de ingreso que se celebren durante el año. El resultado del sorteo se publicará en dicho periódico oficial.
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eli/es/rd/1995/03/10/364#art-17