Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 12 abr 2017
1. El presente real decreto establece un marco para la ordenación del espacio marítimo, y tiene por objeto fomentar el crecimiento sostenible de las economías marítimas, el desarrollo sostenible de los espacios marinos y el aprovechamiento sostenible de los recursos marinos. 2. En el contexto de la política marítima integrada de la Unión Europea, y de las estrategias marinas, reguladas en la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino, el presente marco dispone la determinación y aplicación de una ordenación del espacio marítimo con el fin de contribuir a los objetivos que se indican en el artículo 5 de este real decreto, teniendo en cuenta las interacciones entre tierra y mar y la mejora de la cooperación transfronteriza, de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar de 1982 (CNUDM). 3. Este marco de ordenación constituirá una directriz común a todas las estrategias marinas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.2.f) de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre.
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