Art. Disposición final primera
4 / 6En vigor desde 24 mar 2004
Este real decreto tiene carácter de norma básica y se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española y en la disposición adicional decimoquinta.2, párrafo segundo, y 3, párrafo segundo, de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
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Proeli/es/rd/2004/03/05/363#disposicion-final-primera