Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 24 mar 2004
Para el ingreso y adquisición de las especialidades del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño, las titulaciones superiores de Artes Plásticas y de Diseño y aquellas declaradas equivalentes de acuerdo con el Real Decreto 440/1994, de 11 de marzo, se declaran equivalentes, a efectos de docencia, a las titulaciones exigidas con carácter general, conforme se determina en el anexo I de este real decreto.
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eli/es/rd/2004/03/05/363#art-1